A partir del 1 de marzo se podrá pedir las nuevas ayudas mensuales para la crianza y mantenimiento de hijas e hijos del Gobierno Vasco.
Existirán dos tipos de ayudas:
- Por hija o hijo de 0-3 años que percibirán 200€ mensuales hasta que el menor cumpla 3 años.
- Por hija o hijo de 3-7 años, en el caso de que se traten de los terceros hijos o sucesivos. Y percibirán 100€ al mes desde los 3 años hasta que cumplan los 7 años.
Esta ayuda viene a sustituir la anterior ayuda por nacimiento que dejará de estar en vigor en las próximas semanas (aún no han
Discapacidad y Dependencia
Si el niño o niña que origina la ayuda tiene reconocida una discapacidad superior al 33% o está en situación de dependencia. Esta ayuda se duplicará.
Para que se pueda duplicar es imprescindible que se presente antes de que el menor cumpla los 5 años, y se duplicará la ayuda desde que se solicitó por primera vez hasta que deje de tener derecho a la misma.
Partos múltiples, adopciones nacionales múltiples y adopciones internacionales
En estos casos además de la ayuda mensual se recibirá un pago único extraordinario que varía en función del numero de niños y de la renta familiar.
¿Qué requisitos hay que cumplir para solicitarla?
- Ser madre o padre que ostente la guardia y custodia del menor. En el caso de custodias compartidas se deberá presentar el modelo de acuerdo que aparece en los documentos de la solicitud donde se determina quién de los dos será quien pida la ayuda.
-Residir de forma efectiva y estar empadronado en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco además de residir junto a la hija o hijo por la que se solicita la ayuda. Para las familias de 3 o más hijas o hijos todos los menores que computan como unidad familiar a la hora de calcular la ayuda deberán estar empadronados junto con el solicitante de la ayuda.
Todos los requisitos se deberán cumplir cuando se presente la solicitud así como durante todo el tiempo que se esté percibiendo la ayuda.
Se pueden presentar las solicitudes tanto por vía telemática como de manera presencial.
Más información:
Teléfono de la dirección de familias e infancia: 945 06 20 40
mail de la dirección de familias e infancia: umeak@euskadi.eus
El carácter retroactivo
Para los nacimientos, adopciones, tutelas o delegaciones de guarda para la convivencia preadoptiva ocurridas antes del 1 de enero, la ayuda tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2023, es decir, se subvenciona el período que va desde el 1 de enero del 2023 a la fecha de entrada en vigor del Decreto.
Para los nacimientos, adopciones, tutelas o delegaciones de guarda para la convivencia preadoptiva ocurridas desde el 1 de enero hasta la entrada en vigor del nuevo Decreto el plazo para presentar la solicitud será desde la entrada en vigor del decreto hasta el 31 de octubre y se cobrará desde el momento que se produzca el nacimiento, adopción, tutela o delegaciones de guarda
Todas aquellas solicitudes presentadas a partir del 1 de noviembre de 2023 cobrarán la ayuda a partir del mes en que haya presentado dicha solicitud.